La normativa fiscal exige precisión técnica, cumplimiento de plazos y manejo adecuado de la información financiera para evitar sanciones y maximizar el desempeño empresarial.
Para el ejercicio 2026, muchas empresas deben considerar el cumplimiento del Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN), un tributo que grava el valor de los activos netos de determinadas empresas domiciliadas en el país.
Es importante tener en cuenta que, aunque algunas empresas acogidas al Régimen MYPE Tributario presenten su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2025 en junio de 2026, conforme a lo establecido en la Ley N.° 31940, esta prórroga no afecta los plazos de declaración ni pago del ITAN.
Esto significa que el ITAN correspondiente al ejercicio 2026 se determina sobre la base de los activos netos registrados al 31 de diciembre de 2025, y su cronograma de vencimiento se mantiene dentro de los plazos habituales establecidos por la SUNAT.
El Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) es un tributo que grava el valor de los activos netos de las empresas que generan rentas de tercera categoría y que superan un determinado monto de activos.
Este impuesto tiene como finalidad asegurar una recaudación mínima por parte del Estado basada en la capacidad económica de las empresas, medida a través de sus activos.
El ITAN fue creado mediante la Ley N.° 28424 y se aplica principalmente a empresas que se encuentran en el Régimen General o en el Régimen MYPE Tributario.
Están obligadas a declarar y pagar el ITAN aquellas empresas que cumplan con las siguientes condiciones:
En caso los activos netos no superen ese monto, la empresa no estará obligada al pago del impuesto.
El cálculo del ITAN se realiza aplicando una tasa del 0.4% sobre el exceso de los activos netos que superen el monto de S/ 1,000,000. Los activos netos se determinan considerando el valor de los activos registrados en el balance general, deduciendo las depreciaciones, amortizaciones y provisiones admitidas por la normativa tributaria.
Por ejemplo, si una empresa tiene activos netos por S/ 1,500,000, el impuesto se calculará únicamente sobre el exceso de S/ 500,000.
La declaración y el pago del ITAN pueden realizarse al contado o en nueve cuotas mensuales. La primera cuota vence conjuntamente con la obligación mensual correspondiente al periodo marzo 2026.
De acuerdo con el cronograma de obligaciones mensuales publicado por la SUNAT, las fechas de vencimiento según el último dígito del RUC son las siguientes:
La declaración del impuesto debe realizarse a través del Formulario Virtual N.° 648, disponible en la plataforma de SUNAT Operaciones en Línea.
Un aspecto importante del ITAN es que no necesariamente representa un costo definitivo para la empresa, ya que el monto pagado puede utilizarse como crédito contra los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta o contra el impuesto anual del mismo ejercicio.
Esto significa que el ITAN funciona en muchos casos como un pago adelantado del Impuesto a la Renta, permitiendo compensar el monto cancelado durante el año.
El ITAN es un impuesto que muchas empresas pasan por alto hasta el momento de su vencimiento. Sin embargo, su correcta determinación depende de la información financiera del cierre del ejercicio anterior y de la adecuada interpretación de las normas tributarias.
Por ello, resulta recomendable revisar oportunamente los estados financieros y verificar si la empresa se encuentra obligada a declarar este impuesto, evitando contingencias o sanciones por incumplimiento.
Para el ejercicio 2026, las empresas deben recordar que la prórroga otorgada para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2025 no modifica los plazos del ITAN 2026. Este impuesto debe declararse y pagarse dentro del cronograma correspondiente al periodo marzo 2026, utilizando el Formulario Virtual N.° 648.
Una adecuada revisión de los activos netos y de las obligaciones tributarias permitirá a las empresas cumplir correctamente con este impuesto y aprovechar los beneficios de crédito contra el Impuesto a la Renta.
CONTACTAR